A- de 2011
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Carlos Arturo Blanco Maruri En Su Condicion De Representante Legal De La Sociedad Brisa S.A·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia sólo respecto de frases o conceptos de la parte resolutiva o cuando lo expuesto en la parte motiva influya en ella
- Corrección cuando en la trascripción del texto de una sentencia se producen errores según artículo 310 del CPC
- Reiteración improcedencia de aclaración
- Corregir numerales parte resolutiva de sentencia T-547
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Aclaración o Corrección de la Sentencia T-547/10.
Para el peticionario, es necesario aclarar o corregir la sentencia referida en cuanto que en ella se dispone ordenar a la Empresa Brisa S.A., suspender las actividades de Desarrollo del Proyecto de Puerto Multipropósito que adelante en desarrollo de la licencia ambiental conferida mediante la Resolución 1298 del 2006 por parte del Ministerio de Ambiente, así como ordenar la realización de un proceso de consulta previa con las autoridades de las comunidades indígenas de la Sierra Nevada con la participación de dicha empresa.
Se fundamenta la petición en el hecho de existir tres sociedades distintas aunque de denominación similar, que tienen actividades en la zona de desarrollo del proyecto.
Se corrige la sentencia en el sentido de ordenar la suspensión de actividades a la EMPRESA PUERTO BRISA S.A..
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (10 puntos)
- Primero. CORREGIR los numerales
- Tercero. y
- Cuarto. de la parte resolutiva de la Sentencia T-547 de 2010, los cuales quedaran asi:
- "
- Tercero. ORDENAR a la Empresa Puerto Brisa S.A. suspender las actividades de desarrollo del Proyecto de Puerto Multiproposito que adelante en desarrollo de la licencia ambiental conferida mediante la Resolucion 1298 de 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, MAVDT, hasta tanto la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, en su calidad de juez constitucional de primera instancia, disponga su reanudacion.
- Cuarto. ORDENAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, MAVDT, que, con la participacion de la Direccion de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia y de la empresa Puerto Brisa S.A., adelante un proceso de consulta con las autoridades de las comunidades indigenas de la Sierra Nevada, mediante un procedimiento apropiado, previamente consultado con dichas autoridades, en orden a establecer la afectacion que el Proyecto de Puerto Multiproposito de Brisa puede causar en la integridad cultural, social y economica de dichas comunidades. Este proceso debera completarse en un periodo de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta providencia, prorrogable, por solicitud de las partes, por una sola vez, por un periodo de treinta (30) dias adicionales. Dentro del termino de la consulta el MAVDT debera proferir una resolucion en la que se consignen los resultados de la misma. De no ser posible una decision concertada, correspondera al MAVDT definir la cuestion unilateralmente, sin desconocer las inquietudes y expectativas de las autoridades indigenas consultadas, con el fin de mitigar, corregir o restaurar los efectos de las medidas que pudieren tomarse sin su participacion, sobre las riquezas culturales y naturales de la Nacion.
- De la anterior actuacion se informara a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, para que en el termino de diez (10) dias evalue el proceso de consulta adelantado y disponga, segun sea el caso, de acuerdo con las conclusiones que le sean presentadas, el levantamiento de la suspension decretada en el numeral
- segundo. de esta providencia, en las condiciones fijadas por el MAVDT, o el caracter definitivo de la medida, si asi se solicita por el MAVDT como resultado de la consulta adelantada."
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, la Sentencia T-547 de 2010 debera ser notificada a la empresa Puerto Brisa S.A., y los terminos fijados en esa providencia empezaran a contabilizarse a partir del momento en el que se haya surtido esa notificacion.
- Tercero. Por Secretaria General de esta Corporacion, lo dispuesto en este auto debera comunicarse al Ministerio del Interior y de Justicia; al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial; a la Empresa Puerto Brisa S.A. y a la empresa Brisa S.A. en Liquidacion.3
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.